- Las citas se deben gestionar en www.csv.go.cr.
- Infracciones debe pagarse para retirar estos bienes, sea de forma virtual en la página de COSEVI o en los bancos.
- Infractores deben pagar acarreo y custodia para poder retirar el vehículo. Antes del 2015, estos rubros los pagaban los costarricenses, con sus impuestos, no los infractores.
- Acarreo en primeros 6 km cuesta ¢8.016,27 y el kilómetro adicional o su fracción ¢1.336,04.
- La custodia tiene un valor de ¢4.846,81 por día. Este monto incluye pólizas que cubren el vehículo retenido.
Los propietarios de vehículos a los que se les decomisó las placas, o el propio automotor, deben gestionar una cita en el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI), mediante su sitio web www.csv.go.cr.
La reiteración de esta aclaración se hace con el propósito de evitar que las personas vayan al Consejo a estos trámites sin cita, y pierdan el tiempo, ya que necesitan una, recalcó Carlos Rivas Fernández, Director Jurídico del COSEVI.
Por otro lado, el funcionario explicó que los montos a pagar por acarreo del vehículo decomisado son de ¢8.016,27, por los primeros 6 km o menos, y de ¢1.336,04 por cada kilómetro adicional o su fracción. Por concepto de custodia, el rubro es de ¢4.846,81 por día.
Rivas detalló que estos montos son al costo, es decir, no persiguen el lucro, sino costear los gastos operativos del traslado y cuido de los automotores.
Antes de empezar a regir este cobro, en el año 2015, la institución debía cubrir los gastos asociados al traslado y cuido de los vehículos, cuyos conductores o propietarios habían cometido faltas que implicaban el decomiso del automotor.
En otras palabras, eran todos los costarricenses, con sus impuestos, los que pagaban el cuido del vehículo del infractor, lo que también influía en un retiro no expedito del automotor, en algunos casos.
Trámites
Además de sacar una cita en www.csv.go.cr, como se indicó, para recuperar el vehículo, los propietarios deben realizar los trámites habituales, como pagar las multas involucradas con la detención del automotor, así como cualquier otra que esté pendiente.
También se aclara que no existe la posibilidad de acuerdo de pago, o pagos fraccionados, se deben pagar todas las multas pendientes.
En este sentido, Rivas recalcó que se puede ingresar al portal web del Consejo para realizar estos y otros pagos, mediante transferencias interbancarias. Así, además de pagar infracciones a la Ley de Tránsito, también pueden pagar certificaciones de infracciones, acarreo y custodia, entre otros servicios vinculados con el quehacer del COSEVI.
Hasta que tengan toda la situación resuelta sobre infracciones, es que los propietarios de los vehículos deben apersonarse a la Unidad de Impugnación del Consejo más cercana y solicitar la orden de devolución (con base en la cita que sacaron previamente).
En ese momento es cuando se les hace el cálculo del dinero que tiene que cancelar por la grúa y por cada día de custodia. Solo los dueños registrales o con una autorización hecha por un abogado pueden hacer el trámite.
El cálculo de días a pagar se hace con base en el día anterior, es decir, se calcula el monto sumando los días entre el día del decomiso y el día anterior al que se están haciendo los cálculos.
La persona, una vez que paga, debe retirar el vehículo de inmediato, caso contrario deberá pagar los días adicionales que deje el automotor en el lugar.
Números telefónicos y de fax de Unidades de Impugnación | ||
Sede | Teléfonos | Fax |
San José | 2010-4619, 2010-4620, 2010-4621, 2010-4622, 2010-4623 | 2010-4701 |
Heredia | 2263-2912 (Delegación de Tránsito)* | 2010-4729 |
Orotina | 2010-4663, 2010-4632 | 2256-3015 |
Alajuela | 2441-7411 (Delegación de Tránsito)* | 2430-7105 |
Guápiles | 2710-6816 (Delegación de Tránsito)* | 2710-6994 |
Limón | 2010-471, 2010 4715, 2010-4716 | 2797-1734 |
Cartago | 2591-6949, 2552-6961 (Delegación de Tránsito)* | 2010-4730 |
P. Zeledón | 2771-7848, 2010-4695, 2010-4692, 2010-4693, 2010-4694 | 2771-7748 |
Liberia | 2010-4698, 2010-4699, 2010-4697, 2010-4698, 2665-6291 | 2665-6281 |
Naranjo | 2010-4735 (4736, 4737 o 4738) | 2445-6092 |
Osa | 2788-8394, ext. 125 (Municipalidad)* | 2782-0000 |
San Carlos | 2460-9841 | 2460-9841 |
Correo Electrónico para impugnar: recepción–impugnaciones@csv.go.cr (*) Sitio en el que se encuentra la oficina. |