Operadores piden y crean condiciones adecuadas para liquidar fondo de pensiones

En comparecencia ante la Comisión Permanente de Asuntos Sociales, William Rodríguez López, Ministro del Instituto Costarricense de Turismo, Wilson Orozco Gutiérrez, Gerente Financiero del Instituto Costarricense de Turismo y Jaime Murillo Víquez, Subgerente General del Banco Nacional de Costa Rica solicitaron que el expediente N.º 21.824. Ley para derogar los regímenes de pensiones complementarios especiales, permita crear las condiciones para liquidar de forma ordenada esos fondos.

El Ministro y Presidente del Instituto Costarricense de Turismo detalló que en el caso del fondo del ICT se hace una única liquidación cuando la persona se jubila. El fondo no genera a futuro aportes adicionales y el impacto financiero de esta legislación se refiere al período de liquidación que va a generar una pérdida de patrimonio, si uno de los títulos valores se vende antes del vencimiento. Detalló que si todas las instituciones involucradas salen al mismo momento a colocar los títulos habrá una baja en los precios, razón por la cual se debería regular los plazos.

Por su lado Jaime Murillo Víquez, Subgerente General del Banco Nacional de Costa Rica manifestó que el fondo de esa institución es un híbrido de personas involucradas siempre y cuando sean empleados activos. En el momento de la pensión el funcionario pasa a una olla común para atender las obligaciones. El fondo tiene 1608 pensionados que conforman el fondo junto con los 5000 empleados actuales. La pensión se ubica en alrededor de 300 mil colones. Los promedios del aporte patronal son de alrededor de 8.500 millones de colones. Indicó que es un fondo supervisado por la Supen, gracias a lo cual el último estudio actuarial dio resultado positivo.

El proyecto debería respetar a los ya pensionados, explicó y si se permite prosperar el fondo va a tener que sufragar hasta el 2080 con el último beneficiario. Se recomienda no dejar desprovistos a los que están pensionados. En el caso de aprobación del expediente, el proyecto si obliga a la institución a asumir algún déficit, les obliga a realizar un archivo contable. En caso de liquidación ya se calculó cómo se repartirían los recursos y se sugiere que sea de 18 meses.

En respuesta al diputado Luis Fernando Mendoza Jiménez, Murillo resaltó que desde hace dos años se tiene la calificación de alta. Ya se ha pensado en el período de vencimiento de los títulos. Los portafolios de inversiones han previsto los plazos que se están llevando no para otorgar pensiones sino para entregar el acumulado por el fondo. Ya se vienen estimando los riesgos de los portafolios según comportamiento del mercado internacional. Se sugiere suavizar el impacto de tal manera que no salgan todos los operadores a vender los títulos al mismo tiempo.

En respuesta a la diputada Andrea Alvarez Marín, Murillo manifestó que el administrador de los fondos de inversiones ha trabajado los títulos a menos de un año de tal forma que el cuarenta por ciento ya se encuentra colocado a corto plazo, a menos de un año ante la expectativa de aprobación de esta propuesta de ley. Solicita que no se haga la devolución de una sola vez sino en plazos para conseguir ordenar los portafolios de inversión.

ACTIVIDADES

CONSULTA DEL REGLAMENTO PARA LA CONVOCATORIA DE LOS REPRESENTANTES PROPIETARIOS Y SUPLENTES DE LA SOCIEDAD CIVIL

El Directorio Legislativo acordó consultar a todas las organizaciones de la Sociedad Civil el REGLAMENTO PARA LA CONVOCATORIA DE LOS REPRESENTANTES PROPIETARIOS Y SUPLENTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL DE PARLAMENTO ABIERTO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA.  El mismo se encuentra en la siguiente

dirección: http://www.asamblea.go.cr/pa/SitePages/Inicio.aspx

Por tal motivo, se les solicita remitir al correo del Departamento de Participación Ciudadana (consulta.cipa@asamblea.go.cr) las observaciones y propuestas de mejora dentro del plazo de treinta días naturales, a partir del 23 de junio, fecha en que se publicó en el diario oficial La Gaceta 117. 

Si transcurrido ese plazo no se recibiere respuesta, se tendrá por entendido que no existen objeciones al presente Reglamento. 

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