Denuncian presunta beligerancia política en actividad municipal de Esparza

Una denuncia presentada ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) señala a la candidata presidencial Claudia Dobles Camargo y al candidato a diputado por Puntarenas, Luis Alberto Villalobos, ambos de la Coalición Agenda Ciudadana, por presunta beligerancia política durante el Desfile de Boyeros realizado el 7 de diciembre de 2025 en Esparza. Aunque la veda publicitaria para elecciones nacionales inicia oficialmente el 16 de diciembre, el denunciante sostiene que los hechos ocurrieron dentro de un marco regulatorio que igualmente exige neutralidad institucional.

El escrito, presentado por José Víctor Guevara Ramírez, argumenta que la Municipalidad de Esparza utilizó sus redes sociales oficiales —administradas con recursos públicos— para promover y transmitir el desfile, una actividad cultural organizada por el gobierno local. Según la denuncia, durante la transmisión institucional la candidata Dobles tomó el micrófono para dirigirse al público, mencionando obras ejecutadas por la Administración Central que se vinculan políticamente con su agrupación, como la Angostura, el Hospital de Puntarenas, el Liceo de Chacarita y la apertura de la Isla San Lucas.

Guevara afirma que, aunque la fecha está fuera del periodo de veda publicitaria, el acto podría constituir beligerancia política por aprovechar un espacio institucional financiado con fondos públicos para proyectar un mensaje proselitista. Como parte del material aportado, se incluyen imágenes y videos donde se observa a la candidata vistiendo indumentaria con emblemas de la coalición, lo que el denunciante interpreta como un refuerzo deliberado del mensaje político dentro de una actividad oficial.

El documento también señala que el maestro de ceremonias del evento concluyó la intervención con una expresión de apoyo hacia la candidata, lo que, según la denuncia, pone en evidencia una falta de neutralidad por parte de la Municipalidad de Esparza.

Para sustentar sus afirmaciones, el denunciante cita resoluciones del TSE —entre ellas las 6238-E8-2025, 6150-E8-2025 y 7138-E1-2025— que regulan el uso de plataformas institucionales y prohíben que los gobiernos locales favorezcan a actores políticos durante actividades oficiales, independientemente de que se encuentren o no dentro del periodo de veda.

La denuncia solicita que el TSE investigue tanto a los candidatos como a los funcionarios municipales responsables de la organización y la transmisión del evento. Además, pide la aplicación de sanciones contempladas bajo la figura de beligerancia política, las cuales pueden incluir destitución, inhabilitación para ejercer cargos públicos y, eventualmente, la cancelación de credenciales de candidatura, según lo permite el artículo 146 del Código Electoral.

El Tribunal Supremo de Elecciones deberá determinar si la participación de los candidatos en una actividad municipal y el uso del espacio institucional constituyen una ventaja indebida en la contienda electoral, aun cuando la veda publicitaria no estuviera vigente en la fecha en que ocurrió el evento.

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