La Fiscalía Adjunta de Desamparados demostró que un hombre de apellidos Mendoza Marín es responsable de cometer los delitos de homicidio calificado, tentativa de robo agravado y portación ilícita de arma permitida, por lo que fue sentenciado a 25 años de prisión. La pena fue dictada por el Tribunal Penal de la localidad, el 30 de agosto anterior.
En el juicio, el Ministerio Público (MP) demostró que el asesinato ocurrió la noche del 14 de junio del 2022, en un supermercado de barrio María Auxiliadora, en Aserrí, cuando el imputado se presentó al local, para cometer un asalto, utilizando un arma de fuego.
El despacho evidenció que en la caja registradora se encontraba una mujer y su hija menor de edad, mientras que en la parte trasera permanecía Otto Valverde Castillo, esposo y padre de estas, respectivamente.
En ese momento, Mendoza tomó por el cuello a la persona menor de edad y exigió que le entregaran el dinero.
Tras escuchar lo que ocurría, el ofendido, quien era el dueño del negocio, se trasladó hasta donde se encontraba su familia. Sin embargo, en un momento determinado, Mendoza le disparó al hombre por la espalda y luego, cuando este se encontraba en el suelo, lo agredió nuevamente con el arma de fuego.
Según la prueba aportada por la Fiscalía, la víctima fue trasladada al hospital San Juan de Dios, donde falleció días después.
Otro hecho. La oficina del MP también acreditó que, el 22 de diciembre del 2010, personas no identificadas se presentaron a una empresa ubicada en Santa Ana, donde consiguieron apoderarse de un arma de fuego.
La Fiscalía probó que, después de esa fecha y antes del 30 de agosto del 2022, Mendoza entró en posesión de dicha arma, aunque sabía que no había realizado la inscripción o traspaso ante el Departamento de Armas y Explosivos del Ministerio de Seguridad Pública.
El propio 30 de agosto, el imputado portó dos armas de fuego, a pesar de que no contaba con los permisos establecidos por la ley. Una de las armas era la que había sido denunciada como robada, bajo la causa 10-027633-0042-PE.
Mientras el fallo queda en firme, el imputado debe continuar en prisión preventiva.
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