ARESEP actualizó tarifas para inspección vehicular
- La tarifa que se aplique dependerá de la vigencia del Decreto N°43757-MOPT.
- Ajuste tarifario garantiza que se reconocen solo los costos necesarios para brindar el servicio.
La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) actualizó las tarifas para el servicio de inspección vehicular.
En este servicio, según la Ley de Tránsito, la ARESEP define bandas (tarifa inferior y superior) y el Ministerio de Obras Públicas y Transportes es la entidad que define quiénes operan y las reglas de inspección que rigen a los vehículos.
Las tarifas de inspección y reinspección garantizan la prestación del servicio al costo, de manera que el operador solo reciba los ingresos necesarios para brindar el servicio. Además, se definen tarifas máxima y mínima y el prestador decide cuál va a utilizar (esto lo define la Ley de Tránsito para el momento en que operen más de 2 empresas).
En esta actualización, se incorporan los costos para el pago de patentes municipales y no se incluye el canon del Cosevi, por no estar aún aprobado por la Contraloría General de la República.
Las tarifas aprobadas plantean 2 escenarios, si se mantienen o no las disposiciones del Decreto N°43757-MOPT del 25 de octubre de 2022 (vigente hasta el 26 de abril 2023). En este decreto se estableció que, si en la inspección se detecta un solo defecto grave o peligroso, el vehículo debe ir a reinspección; pero si se presentan 2 o más defectos graves o peligrosos se debe realizar una nueva inspección integral.
Por lo tanto, ARESEP define:
- Escenario 1: Se mantiene decreto o disposición sobre reinspecciones: se da rebaja del 1,97%.
- Escenario 2 (no se encuentre vigente el Decreto N°43757-MOPT, ni norma sustituta y se vuelve a aplicar el Decreto N°30184-MOPT que corresponde al Reglamento para la revisión técnica integral de vehículos): implica un aumento del 6,11%, porque se aplica la disposición que que todos los rechazos requieren reinspección.