Policía Control de Drogas allanó dos objetivos en Sardinal Centro, Carrillo, Guanacaste
PCD capturó a los principales distribuidores de droga en Sardinal, quienes operaban en zona de aparentes homicidios, robos y otros delitos
- Investigación desarrollada por la PCD reveló que los sospechosos cuentan con antecedentes por transporte y tenencia de drogas
- Al parecer, usaban una persona discapacitada para vender droga en una zona donde se presentó un incremento de diversos delitos
- Oficiales de la PCD determinaron que sospechosos traficaban droga a pocos metros de una escuela y cerca de un gimnasio local
Investigadores de la Policía Control de Drogas (PCD) del Ministerio de Seguridad Pública capturaron a dos personas que figuran ser los principales distribuidores de droga en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, quienes operaban cerca de una escuela y un gimnasio local, así como en una zona donde en apariencia se venían incrementando homicidios, robos y asaltos supuestamente a causa del narcotráfico.
La PCD realizó dos allanamientos simultáneos en el centro de Sardinal, logrando decomisar marihuana en gramos y dosis, dinero, munición e implementos para preparar y dosificar droga, además los oficiales capturaron a los presuntos traficantes locales de droga, se trata de:
- Espinoza Escobar, costarricense, de 24 años, con antecedentes por transporte de droga, cabecilla.
- Arguedas Escobar, costarricense, de 39 años, con antecedentes por tenencia de drogas y concurrencia de personas en consumo de drogas.
La investigación seguida por los oficiales de la PCD comenzó a partir de informaciones anónimas que recibieron por una supuesta venta de droga que se daba en el centro de la comunidad guanacaste de Sardinal, tratándose de los principales distribuidores de crack, cocaína y marihuana en Sardinal.
Así lo revelaron las pesquisas seguidas por los investigadores de la PCD, quienes también determinaron que en apariencia usaban una persona discapacitada para vender droga. El aprovechamiento de personas incapaces está tipificado en la Ley No. 8204, Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo.
Esto específicamente en el Artículo No. 77, Inciso C, en el cual se dicta lo siguiente:
“Artículo 77. La pena de prisión será de ocho a veinte años cuando en las conductas descritas en los delitos anteriores concurra alguna de las siguientes circunstancias en el autor o partícipe:
c) Se utilice a menores de edad, incapaces o farmacodependientes para cometer el delito”.
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