Infractores que irrespeten la Ley de Tránsito tendrán que pagar 10% más por cada multa
A partir del primero de enero, con base en el IPC interanual, acumulado a junio pasado (10.06%). Conductores en estado de ebriedad pagarán ₡33.597,71 más por esta grave falta, es decir, pasarán a pagar ₡367 571,01.
Conductores que irrespeten la luz roja del semáforo o que lleven niños de menos de 5 años en una motocicleta, pasarán de ₡225.688,45 a ₡248 392,71.
Arriesgar la vida propia y la de inocentes al usar el celular, sin el dispositivo de manos libres, mientras se conduce, tendrá un aumento de ₡11.352,13. Ahora la multa será de ₡124 196,35.
Multas por estacionamiento indebido pasarán de ₡55 852,19 a ₡61 470,92.
Multa por no ceder el paso a peatones, que forma parte de las multas con menor valor, pasará a costar a ₡26 344,68.
Consejo Superior del Poder Judicial es el encargado de oficializar el nuevo monto de todas las infracciones a la Ley de Tránsito. Conducir en estado de ebriedad, a más de 120 km/h, girar en U en zona prohibida o conducir con la licencia suspendida, serán algunas de las conductas que tendrán un mayor incremento para el año 2023, con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) interanual a junio del presente año.
Además de la multa, según la falta que se cometa, se podría decomisar el vehículo o las placas. El IPC interanual acumulado cubre desde julio de 2021 hasta junio de 2022 y esa cifra es la que define el incremento o reducción en las multas a la Ley de Tránsito, explicó el Director Jurídico del Consejo de Seguridad Vial (COSEVI), Lic.
Carlos Rivas Fernández. El Consejo es el ente recaudador de los dineros de las multas.
Agregó que, tal como lo establece la Ley de Tránsito, este aumento fue aprobado por el Consejo Superior del Poder Judicial, con base en ese IPC establecido por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos. Para el 2022, el IPC interanual a junio alcanzó el 10,06% y será en ese porcentaje el aumento de las infracciones a la Ley de Tránsito, a partir del próximo primero de enero.
El caso más representativo, en cuanto a incrementos, será, como es lógico, en las multas más altas, las Tipo A.
Estas infracciones son las de mayor valor, tomando en cuenta la peligrosidad que implica estas conductas.
Así, pasarán de ₡333.973,30 a ₡367 571,01 es decir, una diferencia de ₡33.597,71. Por otro lado, las faltas Tipo B, como llevar niños sin dispositivos de retención en carros, según talla, peso y edad, así como llevar niños de menos de 5 años en una motocicleta, no respetar la luz roja del semáforo o la señal de Alto, pasarán de ₡225.688,45 a ₡248.392,71, un incremento de ₡22.704,25.
Las faltas Tipo A, además, acumulan 6 puntos en la licencia y las de Tipo B, acumulan 4 puntos. Las demás multas no suman puntaje.
Las infracciones tipo C pasarán a tener un valor de ₡124 196,35 (usar el celular o llevar mascotas en las piernas, por ejemplo), las Tipo D serán de ₡61 470,92, por conductas como meter vehículos a la zona de playa, el estacionamiento indebido o no utilizar ropa reflectante cuando se viaja en motocicleta.
Finalmente, las multas Tipo E, se incrementarán en ₡2.408,02, por lo que a partir del primero de enero tendrán un costo de ₡26.344,68. Conductas como no respetar la restricción vehicular por placas, circular con la licencia o el permiso temporal vencidos o reducir la velocidad para ver un accidente, son ejemplos de esta sanción.
Rivas aclaró que, aunque las paguen en el 2023, las personas que reciban una sanción antes del primero de enero del próximo año, tendrán que pagar el monto establecido para este año 2022, es decir, el menor.
Solo se aplica el nuevo monto para las multas confeccionadas a partir del primer día del 2023, es decir aquellas que se confeccionen a partir del inicio del año nuevo.
Como ente recaudador de estos dineros, el COSEVI utiliza los recursos en equipamiento para la Policía de Tránsito, en campañas de seguridad vial y en medidas para mejorar la seguridad en carreteras, como demarcaciones, semáforos o agujas para los pasos del tren y apoyo a la educación vial. Se debe acotar, que algunos infractores tardan meses o años en pagar las multas, acumulando intereses o las impugnan, lo que suspende el cobro, pero si no se les da la razón, la deben pagar.
Asimismo, un porcentaje de cada multa va para otras instituciones, como el Patronato Nacional de la Infancia, la Cruz Roja y las municipalidades.
Con excepción de las multas tipo A, todas las demás tienen un descuento por pronto pago del 15%, si se cancelan dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza de esa infracción.
12-12-2022 Monto de multas de Tránsito, por año 2013-2023 Parte I Multa Monto 2013 Monto 2014 Monto 2015 Monto 2016 Monto 2017 Monto 2018 A (Art. 143) ¢280.000 ¢293.000 ¢306.448.70 ¢309.574,47 ¢306.850,21 ¢312.298,73 B (Art. 144) ¢189.000 ¢198.000 ¢207.088.20 ¢209.200,50 ¢207.359,54 ¢211.041,46 C (Art. 145) ¢94.000 ¢99.000 ¢103.544.10 ¢104.600,25 ¢103.679,77 ¢105.520,73 D (Art. 146) ¢47.000 ¢49.000 ¢51.249.10 ¢51.771,84 ¢51.316,25 ¢52.227,43 E (Art. 147) ¢20.000 ¢21.000 ¢21.963.90 ¢22.187,93 ¢21.992,68 ¢22.383,18 Monto de multas de Tránsito, por año 2013-2022 Parte II Multa Monto 2019 Monto 2020 Monto 2021 Monto 2022 Monto 2023 A (Art. 143) ¢318.950,69 ¢326.701,19 ¢327 713,96 ¢333.973,34 ¢367 571,01 B (Art. 144) ¢215.536,65 ¢220.774,19 ¢221 458,59 ¢225.688,45 ¢248 392,71 C (Art. 145) ¢107.768,32 ¢110.387,09 ¢110 729,29 ¢112.844,22 ¢124 196,35 D (Art. 146) ¢53.339,88 ¢54.636,04 ¢54 805,41 ¢55.852,19 ¢61 470,92 E (Art. 147) ¢22.859,95 ¢23.415,44 ¢23 488,03 ¢23.936.65 ¢26 344,68 Tipo de multa Aumento 2023 A (Art. 143) ¢33.597,71 B (Art. 144) ¢22.704,25 C (Art. 145) ¢11.352,13 D (Art. 146) ¢5.618,73 E (Art. 147) ¢2.408,02
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